Los derechos humanos y las artes plásticas
La
Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo
26
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La maestra (1736). Jean-Baptiste Simeón
Chardin
Óleo. National Gallery, Londres.
61 × 66 cm.
Artículo 26 de
la Declaración Universal: 1. Toda persona tiene derecho a la
educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo
concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción
elemental será obligatoria. La instrucción técnica
y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios
superiores será igual para todos, en función de los méritos
respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos y religiosos; y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres tendrán derecho preferentemente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. |
Jean-Baptiste Siméon Chardin (1699-1779). Empieza su trayectoria como pintor de género, de naturalezas muertas, con una técnica excepcionalmente refinada. Posteriormente, en 1733 inició un periodo dedicado a escenas interiores con figuras y retratos que le valió un gran éxito en el Salón de 1937. Su obra está concebida sin complacencia alguna por lo anecdótico y sin lugar para el pintoresquismo y el sentimentalismo fácil. El contacto directo de Chardin con la vida de las clases burguesas impregnó su pintura de una ternura y una calidez especiales y revela un profundo compromiso moral que lo vincula con el clima cultural de la Ilustración.