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Los derechos humanos y las artes plásticas
La Declaración Universal de los Derechos Humanos. Artículo 11


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Las virtudes Prudencia y Justicia (1499). Perugino
Fresco. Collegio del Cambio. Perugia. 293 x 418 cm.

 
Artículo 11 de la Declaración Universal: 1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

 

Perugino (1445/50-1523). Pintor italiano. Formado en dos grandes escuelas, una indirecta, la de Piero della Francesca a través del conocimiento de  sus obras, y la de Verrocchio, de quien probablemente Perugino fue discípulo. Desarrolló una intensa actividad artística en casi toda Italia. Entre 1480 y 1482 pinto los frescos del altar y tres escenas en los muros laterales de la capilla Sixtina. En 1485 fue nombrado ciudadano honorario de Perugia. Su actividad fue muy intensa a finales de siglo y fue en esa época cuando Perugino dio un aliento más amplio a sus composiciones, insertándolas en amplios espacios abiertos.  Desde el punto de vista estilístico, Perugino funde la nítida línea de origen verrochiano com la claridad radiente de Piero della Francesca y al mismo tiempo da un gran empaque a todas sus figuras.