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Archipiélago Gulag
Alexandr Soljenitsin

Primera parte. La industria carcelaria. III Instrucción del sumario (p. 95,96)
Plaza & Janés, S.A. Barcelona, 1974.
Tampoco sería justo anotar en la cuenta del año 1937 el "descubrimiento" de que la confesión del acusado pesa más que todas las pruebas y hechos. Eso ya se perfiló en los años veinte. Lo que ocurre es que, en 1937, maduró la brillante teoría de Vichinski.

[...]

Resulta que aquel año --de horrenda memoria--, en un informe que adquirió fama en las esferas de los especialistas, Andrei Januarevich (dan ganas de llamarlo Jaguarevich) Vichinski, dentro de un espíritu de la más flexible dialéctica (que no está permitido a los súbditos del Estado, ni ahora a les cerebros electrónicos, pues para ellos "sí" es "sí" y "no" es "no"), recordó que la Humanidad no logrará nunca establecer la verdad absoluta, sólo la relativa. De ahí dio un paso, que los juristas metafísicos estuvieron dos mil años sin atreverse a darlo: por tanto, la verdad establecida en el sumario y en el juicio no podía ser absoluta, sino relativa. Por eso, cuando condenamos a la pena capital, jamás podremos estar "absolutamente" seguros de que aquel a quien ajusticiamos es "culpable", sino sólo en cierto grado de aproximación, en alguna medida, en determinado sentido. De aquí, la conclusión más práctica es: que sería una pérdida innecesaria de tiempo la búsqueda de pruebas (todas las pruebas son relativas), de testigos indudables (pueden contradecirse). Las muestras de culpabilidad "relativas", aproximadas, pueden ser descubiertas por el juez de instrucción sin pruebas y sin testigos, sin necesidad de abandonar el despacho, "basándose no sólo en su inteligencia", sino también en su olfato de comunista, en sus "fuerzas espirituales" (o sea, en las ventajas del que ha dormido estupendamente, está bien comido y no recibe palizas) y "en su carácter" (o sea, en el deseo de ser cruel).

[...]

Sólo en una cosa se quedó corto Vichinski, se aparto de la lógica dialéctica: inexplicablemente dejo que la BALA fuera ABSOLUTA...
Así, progresando en espiral, la jurisprudencia progresista llegó a las conclusiones de la preantigüedad o del Medievo. Igual que los atormentadores medievales, nuestros fiscales y jueces acordaron que la principal prueba de culpabilidad eran las confesiones del procesado.