Humor gráfico y derechos humanos - La Declaración Universal de los Derechos Humanos
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Artículo
16. 1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil,
tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad
o religión, a casarse y fundar una familia; y disfrutarán
de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en
caso de disolución del matrimonio.
2.
Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos
podrá contraerse el matrimonio.
3.
La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene
derecho a la protección de la sociedad y del Estado.