Convención
sobre los Derechos del Niño/a
Funcionamiento
y mecanismos de control de la Convención
--Si un gobierno da a conocer los obstáculos que le impiden aplicar algunos de los derechos, o si el Comité manifiesta preocupación por algunas cuestiones, se debe intentar encontrar soluciones aceptables recurriendo a diversas formas de cooperación internacional y asistencia técnica. Se da más importancia al diálogo y a la búsqueda de soluciones que faciliten la aplicación que no a un control de la aplicación por medio de la denuncia y la confrontación.
--No obstante, el Comité siempre puede pedir a un gobierno información más detallada sobre sectores que son objeto de mayor preocupación y puede pedir a las Naciones Unidas que efectúen estudios sobre cuestiones concretas.
--Como siempre, dentro del ámbito de los derechos humanos, las organizaciones no gubernamentales (ONG) ocupan una posición clave para hacer que los derechos del niño sean realidad. Además de la posibilidad de proporcionar información al Comité, sus tareas son numerosas y variadas: dar a conocer los derechos reconocidos en la Convención, movilizar el soporte de la opinión pública, investigar sobre casos denunciados de maltratos, informar sobre violaciones, proponer cambios en las políticas, la legislación y la práctica, etc.