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Tortura; obtención de pruebas

Antonio L. Manzanero. Memoria de testigos: Obtención y valoración de la prueba testifical. Ed. Pirámide, Madrid, 2010.
www.psicologiadeltestimonio.com/2011/01/falsas-ayudas-la-obtencion-de-la.html (2014)

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En el verano de 1910 desapareció en la provincia de Cuenca el pastor José María Grimaldos. Tras las sospechas de que pudo haber sido asesinado, se detuvo dos años después a dos convecinos, Gregorio Valero y León Sánchez. Durante los interrogatorios, en los que fueron sometidos a torturas para obtener su confesión, los dos imputados se declararon culpables de robo y posterior asesinato del pastor. Según sus declaraciones uno de ellos habría dado con un garrote un fuerte golpe al pastor y una vez  caído, el otro le habría clavado un cuchillo en el lado izquierdo del pecho provocándole una herida que le causaría la muerte. Posteriormente, habrían sustraído de un bolsillo de la faja del cadáver, con ánimo de lucro, 75 pesetas en monedas de plata y calderilla. El cadáver nunca apareció y la investigación no consiguió que los dos acusados revelaran su paradero. El caso fue conocido como el Crimen de Cuenca. Tras ser juzgados por un jurado popular, la Audiencia de Cuenca condenó en 1918 a cada uno de los dos procesados como autores de un delito de homicidio a 18 años de cárcel. En julio de 1924, después de pasar 12 años y dos meses en prisión, Gregorio Valero y León Sánchez fueron puestos en libertad. José María Grimaldos había aparecido vivo a 170 kilómetros del lugar de los hechos. El párroco de la zona tuvo noticias de José María al solicitar una partida de bautismo para su futuro matrimonio. Su marcha 14 años atrás fue voluntaria y por lo tanto no se había producido ningún delito.

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Los resultados de la tortura como método para obtener información muestran que los más vulnerables son precisamente los inocentes, que llegado a un estado determinado podrían admitir cualquier tipo de acusación con tal de poner fin al sufrimiento. Así pues la fiabilidad y validez de las declaraciones obtenidas bajo estos métodos es absolutamente nula.

 


1. Haz un resumen del texto.

2. Si tuvieran razón quienes argumentan que la tortura es útil para descubrir la verdad, ¿sería justificable su uso en algún caso?

3. El artículo 5 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos prohibe rotundamente la tortura. ¿Por qué países que alardean de defender la Declaración Universal recurren a la tortura?

4. Pon ejemplos de países que recientemente hayan aparecidos en los medios de comunicación con motivo de casos de torturas.

5. ¿Por qué hay países que evitan la palabra tortura y utilizan expresiones como "técnicas de interrogación intensivas" u otras expresiones similares? ¿Cambiar las palabras cambia los hechos?

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