Pena de muerte | > Índice de textos sobre la pena de muerte |
Mi caso, pues, no tiene ningún mérito. Lo meritorio sería que yo fuera partidario de la pena capital, en cuyo caso, supongo, debería suicidarme pegándome un tiro tras ponerme firmes al amanecer, dando la espalda al muro del cementerio. Idea que no debería caer en saco roto. Se resolverían muchos problemas de intolerancia en todo el mundo si los partidarios de la pena de muerte la aplicaran, como la caridad, empezando por uno mismo.
Me da la impresión de que los que la hemos suprimido de nuestros códigos penales, hemos dejado de comprender a los Estados que siguen aplicando la guillotina o la silla eléctrica a determinados ciudadanos. Y lo más chocante que nos resulta precisamente es que el Estado, por mucho que se le reconozca el monopolio de la violencia legítima, actúe de un modo tan inmisericorde frente a un ciudadano. A veces con tan poca piedad como el propio ciudadano con sus pobres víctimas. Pero por algo es un asesino; mientras que el Estado actúa en nombre de los ciudadanos honrados.
No sé si ese comportamiento estatal es más o menos efectivo para evitar nuevos asesinatos, pero, en cualquier caso, los ciudadanos honrados pueden dormir más tranquilos que si el Estado, de vez en cuando, siega la vida de un ciudadano, sin ninguna posibilidad de rectificación, haciendo inútil el que posteriormente se descubra que no fue efectivamente quien cometió el asesinato, o que el delito penado tampoco era tan grave como para llevar a cabo la ejecución. Todo eso habrá desaparecido con el último suspiro del ajusticiado.
Todo ello hace que me sienta mucho más tranquilo cuando ha desaparecido la pena de muerte de todos los códigos españoles. Es cierto que el paso fundamental se produjo al aprobarse la Constitución en 1978, al quedar únicamente en vigor en el Código Militar y sólo en el supuesto de guerra.
La desaparición de la pena de muerte en este supuesto, pues, me tranquiliza por dos razones. En primer lugar, porque se produce por iniciativa del Parlamento Europeo y refleja el sentimiento generalizado de que la posibilidad de una guerra desaparezca del horizonte político de los Estados europeos; en segundo lugar, porque borrar del Código Militar la pena de muerte "en caso de guerra" es más importante de lo que parece a primera vista. Todos nos imaginarnos que "caso de guerra" quiere decir que se ha producido un enfrentamiento entre el Estado español y cualquier otro, pero la realidad es muy diferente, a1 menos eso es lo que me dicta mi experiencia.
Cuando en los Códigos de justicia Militar se refieren a caso de guerra» pueden querer decir muchas cosas; al menos, cuando yo me he encontrado ante jueces de uniforme militar, no ha significado lo que a primera a vista imaginaba.
En el caso concreto del juicio de Burgos que me condenó a muerte, el tribunal partía del hecho de que en España se daba una situación fáctica de guerra, y lo que convertía a la España de 1969 en un país en guerra era la existencia de una Ley de Bandidaje y Terrorismo que decía que en caso de que hubiera diez o más personas armadas, la situación se transformaba "fácticamentef" en bélica.
Partiendo de este supuesto, los detenidos fuimos juzgados porque esta situación, lejos de colocarnos en defensa del régimen de Franco, lo habíamos traicionado y nos habíamos pasado al enemigo que, por cierto, no era otro que nosotros mismos. De esta manera, unos hechos que, juzgados por el Tribunal de orden Público hubieran representado una condena de dos años por propaganda ilegal y otros cuatro por asociación ilícita, se transformaron, por mor del supuesto bélico, en una petición de pena de muerte y sesenta años de cárcel.
Una marea conservadora motivada por los crímenes relacionados con el narcotráfico, por ejemplo, podría resucitar la tentación de utilizar resquicios de este tipo que representaran la pena de muerte "de facto".
Quizá exagere. Pero en cualquier caso, siempre es mejor evitar la ocasión eliminando de todos los códigos, incluso en las situaciones más insospechadas, la posibilidad de la aplicación de la pena de muerte, porque la mejor forma de evitar el pecado es evitando la ocasión, como nos decían en clase de religión después de amenazarnos con esa misma pena de muerte de las almas que era el infierno, descrito con los vivos colores tridentinos.