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La acumulación en apenas una semana de siete muertes más de mujeres a manos de su pareja o ex pareja ha hecho saltar de nuevo las alarmas sobre la persistencia de una violencia machista que sigue mostrándose igual de amenazante que con anterioridad a la Ley Integral contra la Violencia de Género. Nadie duda de que esta ley ha elevado el nivel de protección de las mujeres, ha ayudado a muchas a superar su situación traumática e, incluso, ha podido evitar no pocas muertes. También ha evidenciado el profundo enraizamiento social del mal, sus condicionantes familiares y sentimentales que lo agravan si cabe aún más, y, en consecuencia, las dificultades de combatirlo con terapias externas por más completas y minuciosas que sean las contempladas en una ley integral.El caso de la mujer acuchillada por su marido el día 2 en Vitoria -una de las seis víctimas de la violencia machista de la pasada semana- ilustra sobre las dificultades propias del combate empeñado contra este tipo de actuación delictiva. La víctima había denunciado en el juzgado a su marido por maltrato psicológico, pero después retiró la denuncia y se negó incluso a aceptar las medidas de protección -un teléfono reservado de contacto- que le ofreció la Ertzaintza. La situación de indefensión en que quedó la víctima por propia iniciativa ha planteado la conveniencia de reformar la ley para que en casos de violencia machista la retirada de la denuncia no paralice el proceso y para que, incluso, se obligue a la víctima a testificar contra su presunto agresor.
La protección de la mujer en situaciones en las que la violencia permanece semioculta o no aflora plantea serios problemas probatorios en el proceso penal. Pero es dudoso que se soslayen con reformas legales ad hoc, que trastocan las líneas generales del sistema penal y que pueden acarrear nuevos problemas. ¿Qué hacer con las mujeres que, a pesar de todo, se nieguen por miedo o dependencia sentimental, entre otros motivos, a declarar contra su presunto agresor? Sería inaceptable que se las multara o que se abriera contra ellas un proceso penal por desobediencia.
Habría que sopesar muy bien el alcance y la utilidad de una reforma de este tipo, sobre todo cuando en el sistema penal y en la Ley Integral contra la Violencia de Género pueden encontrarse instrumentos para afrontar situaciones de riesgo como la padecida por la mujer de Vitoria. Lo que hay que hacer es buscarlos y saber aplicarlos. Uno de ellos es un papel más activo del ministerio fiscal en la indagación de la denuncia para asumir directamente la acusación en defensa de la víctima y contra su presunto agresor, si hay indicios delictivos.