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La Declaración Universal de los Derechos Humanos


El siglo XX
Con relación a la ampliación progresiva a lo largo del tiempo del catálogo de derechos humanos, el siglo XX es el de la consolidación de los derechos económicos y sociales. El derecho al trabajo, a sus frutos, y a la seguridad social pasan a ser las nuevas exigencias y se reclama su protección. Dentro de distintos entornos culturales y regímenes políticos, se irán interiorizando estas demandas, y ya a principios de siglo ven su consagración jurídica al ser recogidas en algunas constituciones y documentos:

-La Constitución de México de 1917 (fruto de la revolución mexicana), trataba de conciliar los derechos civiles y políticos con los emergentes derechos económicos y sociales.
-La Declaración de Derechos del Pueblo Trabajador y Explotado de 1918, redactada por los revolucionarios rusos e incorporada a la nueva Constitución Soviética, priorizaba los derechos económicos y sociales.
-La Constitución de Weimar de 1919 proclamaba derechos sociales de la ciudadanía alemana, como la protección a la familia, el derecho a la educación y al trabajo.

La Revolución Rusa dio lugar a la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas. Frente a los derechos civiles y políticos (también llamados de "primera generación") considerados fundamentales y prioritarios desde las declaraciones de derechos americanas y francesa, el socialismo marxista planteó una jerarquización inversa de los derechos, poniendo en primer lugar los derechos económicos, sociales y culturales, argumentando que sólo impulsando estos era posible hacer efectivos los otros. Las distintas vías, desde la revolución radical hasta el reformismo interno, irán difundiendo la necesidad y la importancia de los derechos económicos, sociales y culturales, pasando a ser considerados, con el tiempo, definitivamente inseparables y complementarios de los derechos civiles y políticos.

Un año antes de la Constitución de Weimar había finalizado la Primera Guerra Mundial (1914-1918), desencadenada a causa de los proyectos expansionistas y colonialistas de los países implicados. Extendida por más de medio mundo, se convirtió en el conflicto más sangriento de la historia hasta entonces.

Acabada la guerra se creó la Sociedad de Naciones, con el objetivo de fomentar una política mundial de desarme y seguridad colectiva. Hizo obligatorio para los países  miembros el recurso al arbitraje en caso de conflicto, e intervino en distintos contenciosos. No obstante, depués de 1935 la Sociedad de Naciones no fue considerada como una amenaza por parte de los proyectos expansionistas de Alemania, Italia (que había ignorado las reprobaciones de la Sociedad a raíz de la invasión de Abisinia) y Japón (que también había ignorado la orden de retirarse de la Manchuria China).

Al margen de su labor de arbitraje, la Sociedad de Naciones se distinguió por la creación en 1921 de la Corte Permanente de Justicia Internacional (el precedente del actual Tribunal Penal Internacional de la Haya, establecido en 1998), la firma del Convenio Internacional para la Supresión de la Esclavitud (firmado en 1926 y completado y ratificado por las Naciones Unidas en 1956) y la creación de la Organización Internacional del Trabajo.

Tras la Primera Guerra Mundial, las democracias liberales perdieron credibilidad mientras que al mismo tiempo medraban, en el ambiente de descontento, movimientos de extrema derecha y de extrema izquierda. En este contexto se afianzan los dos totalitarismos más devastadores del siglo XX, el comunismo y el nazismo. Ambos partían de las mismas premisas: la liquidación del pluralismo, la implantación de la ideología oficial del Estado, el culto al líder y la obediencia ciega. Sus consecuencias fueron comparables: el terrorismo estatal y millones de víctimas. En la Unión Soviética, a partir de 1924 Stalin inició la eliminación de toda oposición, convirtiéndose en dictador absoluto (adoptando un modelo de comunismo muy alejado de las ideas de Marx i Engels). En Alemania, Hitler accedió al poder en 1933 por la vía democrática, introduciendo luego medidas cada vez mas totalitarias y racistas, unas medidas anunciadas ya anteriormente en su obra  Mein Kampf (1926):

"La mezcla de la sangre y, por lo tanto, la decadencia racial, son las únicas causas de la desaparición de las viejas culturas, ya que los pueblos no mueren como consecuencia de las guerras perdidas sino por la anulación de aquella fuerza de resistencia que sólo es propia de la sangre incontaminada."
"El principio de organización constructiva de la raza aria ha sido sustituido por el principio destructor que vive en el judío, convertido así en el 'fermento de descomposición' de pueblos y razas y, en un sentido más amplio, en el factor de disolución de la cultura humana."
En 1939, con la invasión de Polonia por las tropas de Hitler, empezó la Segunda Guerra Mundial. Al finalizar, en 1945, el balance era desolador: cincuenta millones de muertos (de ellos treinta millones de civiles), dos explosiones nucleares dirigidas contra la población civil (Hiroshima y Nagasaki), deportaciones masivas, el exterminio metódico y sistemático en los campos de exterminio nazis de judíos, gitanos, homosexuales y otras minorías étnicas, la esclavitud sexual de mujeres promovida por el ejército japonés, ciudades enteras demolidas, países arrasados, etc.

En los Juicios de Núremberg y los Juicios de Tokio los vencedores juzgaron a los máximos responsables alemanes y japoneses. Se les acusaba de haber cometido crímenes contra la paz (violaciones de tratados internacionales y actos de agresión injustificada contra otras naciones), crímenes contra la humanidad (planificación y participación en exterminios y genocidios) y crímenes de guerra (violación de las leyes y convenios internacionales sobre la guerra). El conjunto de procedimientos llevados a cabo tanto en Tokio como en Núremberg significaron el establecimiento, a partir de entonces (ya que con anterioridad no existían), de reglas básicas de persecución de criminales de guerra así como la tipificación de los delitos correspondientes.

Pero lo que no se juzgó en ningún caso fueron las violaciones de derechos humanos cometidas por los países aliados, que también se produjeron. Por ejemplo, la agresión a Polonia por parte de la Unión Soviética, los bombardeos aliados de civiles tanto sobre Alemania como sobre Japón, o las represalias y las violaciones sobre la población alemana cometidas por el ejercito soviético durante la ocupación final de Alemania. Según los criterios usados durante los juicios de Núremberg y Tokio, estos también fueron crímenes contra la humanidad, pero sus responsables no fueron encausados.

La Segunda Guerra Mundial finalizó en 1945. Alemania se rindió en mayo, Japón en agosto tras el lanzamiento de las bombas atómicas sobre Hiroshima y Nagasaki. Dos meses más tarde, el  24 de octubre, fue fundada oficialmente en San Francisco la Organización de las Naciones Unidas mediante la firma de la Carta de las Naciones Unidas por parte de 51 estados. Las Naciones Unidas reemplazaban así a la Sociedad de Naciones, en la medida que ésta había fracasado en sus propósitos preventivos, al no ser capaz de evitar el estallido de la Segunda Guerra Mundial.

A los 51 estados miembros iniciales en los años sucesivos se les fueron añadiendo nuevos estados, tal como contemplaba el Artículo 4 de la Carta:

"Podrán ser Miembros de las Naciones Unidas todos los demás Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en esta Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo. La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectuará por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad."
España fue admitida en 1955. En la actualidad (2006) los estados miembros son 192.

Los horrores de la guerra y los juicios de Núremberg y Tokio mostraban la necesidad de regular de forma precisa el concepto de derechos humanos y, sobre todo, de establecer claramente cuáles eran. Uno de los primeros trabajos de las Naciones Unidas fue la elaboración de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, un texto cuya redacción estuvo sujeta a muchas discusiones, ya que las posturas de las distintas naciones no eran coincidentes acerca de sus contenidos. No obstante, finalmente fue aprobada el 10 de diciembre de 1948. Con la aprobación de la Declaración Universal la humanidad se dotó a sí misma de un documento marco para la convivencia entre los seres humanos, con el objetivo de que estos derechos llegaran a formar parte del derecho positivo de todas las naciones.

Con el paso de los años, la Declaración Universal, que como tal no es de carácter vinculante, se ha ido completando con otros documentos de las Naciones Unidas: convenios, convenciones y pactos, estos sí vinculantes, que van desarrollando, y en algunos casos ampliando, los contenidos de la Declaración Universal.

Algunos de estos documentos son los siguientes:
--Convención para la prevención y la sanción del delito de genocidio (1948, entrada en vigor en 1951)
--Pacto Internacional de derechos económicos, sociales y culturales (1966, entrada en vigor en 1976)
--Pacto Internacional de derechos civiles y políticos (1966, entrada en vigor en 1976)
--Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer  (1979, entrada en vigor en 1981)
--Convención sobre los derechos del niño (1989, entrada en vigor en 1990)

Si es verdad que la historia, como en ocasiones se ha dicho, no es más que una sucesión de crímenes, el siglo más representativo de esta vertiente homicida de la humanidad sería el siglo XX: dos guerras mundiales, innumerables guerras regionales, guerras civiles, sangrantes revoluciones, los campos de exterminio nazis, los campos de internamiento de las dictaduras socialistas, las represiones de las dictaduras militares hispanoamericanas, los violaciones de los derechos humanos cometidas por los regímenes dictatoriales africanos...

Pero esta perspectiva, sin matices que la acompañe, es parcial, ya que la historia de la humanidad también es, paralelamente, una sucesión de intentos de construcción de formas y normas de organización social tendentes a evitar las agresiones a los derechos de las personas. Y el siglo XX posiblemente también sea el más ilustrativo de este aspecto ético de la humanidad.

Los horrores de la Segunda Guerra Mundial y el deseo de que estos horrores no se repitieran condujeron al establecimiento de las Naciones Unidas y a la redacción de múltiples documentos sobre derechos humanos. Desde la sociedad civil es reveladora también la eclosión de organizaciones de defensa de los derechos humanos, tanto desde el trabajo de denuncia (Amnistía Internacional, Human Rights Watch, Save the Children, etc.), como desde el trabajo de promoción y colaboración (Intermón, Médicos sin Fronteras, Medicus Mundi, etc.).

Pero tampoco hay que olvidar que ninguna conquista alcanzada es una garantía de cara al futuro: casos como los genocidios cometidos durante la guerra de Bosnia-Herzegovina (1992-1995), o el genocidio de Ruanda de 1994 (por citar sólo los más llamativos, ya que una lista exhaustiva que recogiera todos los conflictos nacionales o regionales en los que se han violado de forma masiva los derechos humanos sería excesivamente larga), muestran la fragilidad de los logros conseguidos.

Para juzgar las violaciones de derechos humanos que se cometieron en Bosnia-Herzegovina y Ruanda se crearon sendos Tribunales Penales Internacionales con jurisdicción sobre cada uno de los países. Posteriormente, culminando una antigua aspiración de la comunidad internacional, en la Conferencia de Roma de 1998, se creó el Tribunal Penal Internacional, de carácter permanente, el cual entró en vigor en 2002, al sumar las necesarias ratificaciones estatales (España lo ratifico en el 2000). El Tribunal tiene por objeto ser un instrumento capaz de asumir la defensa jurídica de las víctimas de violaciones de derechos humanos en cualquier parte del mundo y, especialmente, en los casos de crímenes de guerra, genocidio y crímenes de lesa humanidad.

Al iniciarse el siglo XXI, además de distintos conflictos bélicos y su larga secuela de violaciones de derechos humanos, siguen persistiendo otras muchas violaciones de derechos humanos, en general arrastradas desde los tiempos más remotos:

--El azote del hambre padecido por millones de personas, en un mundo globalizado y con los recursos necesarios para alimentar toda la humanidad.
--La falta de acceso a la sanidad y a la educación de una parte considerable de la humanidad.
--La persistencia de la esclavitud, en su forma más tradicional circunscrita a casos muy concretos, pero diseminada por todo el mundo bajo nuevas formas de servidumbre (prostitución forzada, trabajo esclavo infantil, etc.).
--La persistencia de la tortura (incluso en ocasiones la reivindicación de su legalización) a socaire de la nueva lucha antiterrorista.
--La misoginia y la homofobia, cobijada en prejuicios ancestrales y alentada en ocasiones por algunas interpretaciones religiosas.
--El racismo y la xenofobia, alentado por los prejuicios o la defensa de privilegios de sectores sociales de las zonas más prósperas a las que intenta acceder la población de algunas zonas depauperadas y sin recursos.

La lista tampoco es exhaustiva. A ella, además, habría que añadir las tensiones y conflictos relacionados con los llamados derechos de tercera generación, de modo especial el derecho a un medio ambiente saludable y sostenible, una nueva y urgente preocupación luego que, tras constatar durante el siglo XX los efectos sobre la salud de según qué prácticas industriales altamente contaminantes, ya en el siglo XXI cada vez es más indiscutible la incidencia del comportamiento humano sobre el clima terrestre, con los peligros que ello conlleva.

"Siempre se tienen dos opciones: decir que el mundo no tiene remedio y no hacer nada, o luchar por mejorarlo."
Hillary Swank, actriz. La Vanguardia, 5-3-2007
"No esperéis nada del siglo XXI. Es el siglo XXI el que espera todo de vosotros."
Gabriel García Márquez
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