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 La Declaración Universal de los Derechos humanos
> Índice de textos sobre la Declaración Universal

Propiedad
José Ignacio González Faus
. La Vanguardia, 14-3-2007 (fragmentos)
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El derecho de propiedad es un medio, no un fin: sirve a otra finalidad más amplia y más justa que es el destino universal de todos los bienes de la tierra. Cuando impide la realización de ese derecho primario en lugar de facilitarla, el derecho de propiedad cesa.

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Del principio anterior se sigue que si algo es superfluo para mí y necesario para mi prójimo, deja de ser mío y pasa a ser suyo. Quizá no jurídicamente pero sí moralmente. Por eso, moralmente hablando, quien retiene algo que a él le sobra y otro necesita está robando.

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Terminaré con tres citas, pidiendo al lector a ver si consigue adivinar sus autores:

A. "Refiriéndonos a la 'producción' de la riqueza, la propiedad es lícita por estas tres razones: a) así todo el mundo es más solícito de procurarse lo que necesita..., b) las cosas funcionan mejor si a cada cual le corresponde el cuidado de una cosa; mientras que si todos han de producirlo todo indistintamente, se arma un lío. Y c) es más fácil vivir en paz allí donde cada cual puede estar contento con lo suyo... Pero refiriéndonos al uso de las cosas, el hombre no debe tenerlas como propias sino como comunes, de tal manera que las comparta con los otros si éstos las necesitan".

B. "Lo que es de derecho positivo nunca puede derogar lo que es de derecho natural. Pero, según el derecho natural, las cosas inferiores al hombre están destinadas a satisfacer las necesidades de los hombres. Por tanto, lo que procede del derecho humano - como la distribución y apropiación de las cosas- no puede impedir que esas cosas remedien las necesidades de los hombres. Por tanto: 'por derecho natural, todo lo que uno tiene de más lo debe a los pobres para su sustento'. Claro que, si muchos padecen necesidad, no puede ayudárseles a todos con la misma cosa: por eso se deja a cada cual el reparto de sus propias cosas, pero de modo que ayude a los que padecen necesidad".

C. "Cuando la necesidad de alguien es tan grave y urgente que resulta evidente que debe ser remediada con lo primero que esté a mano, entonces 'cualquiera puede remediar su necesidad con bienes de los demás, tanto si se los quita de modo público como secreto'. Esta acción no revestirá carácter de robo ni de hurto".

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¿Adivina usted de quién son las citas anteriores? ¿Quizás una de Marx el impío? ¿Otra de Proudhon o Lenin? ¿Quizás otra del dictador Castro o del loco de Chávez? O a saber de qué pájaro... Pues no: son todas de Tomás de Aquino, a quien la Iglesia proclama su maestro y teólogo oficial...

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